Ciudad de Buenos Aires, 9 de junio de 2005

VISTO:

              La actuación 1197/05 con fin de realizar un seguimiento del servicio de recolección de residuos en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires.

Y  CONSIDERANDO QUE:

                                                El expediente 54.572/02 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires convocando a licitación pública nacional e internacional para contratar la prestación del servicio público de higiene urbana.

El programa de relaciones con la comunidad establece que los vecinos y usuarios desempeñan un rol significativo en la gestión de residuos sólidos urbanos, por lo cual deben estar correctamente informados para poder adaptar sus comportamientos y actitudes a prácticas sustentables.

Con el objeto de estimular a los vecinos a colaborar en el mantenimiento de la limpieza de la ciudad y/o Zona, y para el logro de los Principios Rectores de Higiene Urbana y los Índices de Prestación, los contratistas deberán incluir en sus respectivos Planes de Trabajo y cumplir durante la vigencia del contrato un Plan de Relaciones con la comunidad dirigido a la Ciudadanía.

   El plan de comunicación publicitario anual de cada contratista deberá contar con un presupuesto anual conformado por el cuatro por ciento (4%) para el primer año sobre el monto anual que surja de la propuesta adjudicada, y para los años siguientes el tres por ciento (3%) de su facturación total del año correspondiente al período anual inmediato anterior al que se inicia. En todos los casos, dichos fondos se aplicarán en un ochenta por ciento (80%) a solventar publicidad a través de medios de comunicación masiva, y un veinte por ciento (20%) a programas de comunicación directa.

 El contratista deberá mantener una fluida relación con los medios de comunicación social. Tendrá a su cargo la difusión de los planes de comunicación y publicidad, revisión de todos los reclamos que se difunden en los medios y el envío de un informe quincenal de gestión firmado por el representante técnico y el responsable de calidad de servicios y de aseguramiento de la calidad, a la DGHU y a la comisión vecinal para el mejoramiento de la Higiene Urbana que correspondiere, según su radio de acción territorial (CGP).

  El gobierno de la ciudad asigna a cada contratista ejes rectores específicos del plan de comunicación y publicidad para su difusión en medios de comunicación masivos.

  El Item 7.1 Comunicación y Publicidad del pliego de bases y condiciones, establece que el GCBA supervisará el Plan de Comunicación y Publicidad a realizarse por la empresa contratista.

  Las erogaciones previstas surgen del erario de la ciudad como resultado del cumplimiento de las obligaciones que en materia de tributaria todos los vecinos realizan a través del pagó correspondiente de sus impuestos, tasas y contribuciones.

POR TODO ELLO:

                        EN MI CARÁCTER DE DEFENSOR DEL PUEBLO

ADJUNTO DE LA CIUDAD

DE BUENOS AIRES

SOLICITO:

                    A la Señora Directora General de Higiene Urbana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Ing. Gabriela T. Faustinelli:

1. Se informe el plan de comunicación y publicidad implementado  por la  empresa contratista.

2. Detalle de las modalidades implementadas para la realización de dicho plan.

3.  Costo mensual del mismo y detalle de las erogaciones realizadas.

4. Enviar trimestralmente informe de los planes realizados por la empresa contratista indicando lo mencionado en los puntos anteriores.

 A los efectos de lograr una eficiente prosecución de la actuación,    agradeceré contar con información de las acciones previstas y a ser implementadas, con la mayor prontitud.