Ciudad de Buenos Aires, 19 de Octubre de 2006

   VISTO:

La actuación Nº 6319/06, en la cual se denuncia la plantación de especies arbóreas que producirían una alteración del paisaje en el Parque 3 de Febrero de esta Ciudad.

Y CONSIDERANDO QUE:

El Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Buenos Aires, explicita con claridad que el Parque 3 de Febrero se halla emplazado en un Area de Protección Histórica - Distrito APH 2 - status que le fuera otorgado a través de la Ordenanza 47.677 del año 1994, norma que en el item 5.4.12.2.2, entre otras instancias, indica: “El Órgano de Aplicación elaborará las disposiciones específicas de protección ambiental, considerando la expresa prohibición de realizar obras o actividades de carácter permanente o transitoria que por sus características impida la libre circulación, altere su paisaje o constituya fuente de contaminación...”.

Los vecinos del lugar han podido observar recientemente la plantación indiscriminada de especies arbóreas por parte del Gobierno de la Ciudad en diferentes sectores del Parque 3 de Febrero, situación ésta que estaría modificando el paisaje original de este importante espacio público de la ciudad, en clara violación al Código de Planeamiento Urbano.

Cada uno de los árboles que se ha plantado está identificado con dos gruesos tutores y una cinta plástica en derredor de ellos con la siguiente leyenda: Ministerio de Espacio público – Dirección General de Espacios Verdes”.

Los vecinos alegan en su reclamo, “... Si bien la plantación de especies en sitios residuales, a lo largo de alambrados o fajas de terrenos paralelos a las vías de tránsito puede llegar a considerarse no trascendente o hasta bienvenida, han resultado agredidas por dicha medida las plazas denominadas República de Ecuador y Parque Olímpico (nombre no oficial), diseñadas por Carlos Thays a fines del siglo XIX”.

POR TODO ELLO:

  EN MI CARÁCTER DE DEFENSOR ADJUNTO

DEL PUEBLO DE LA CIUDAD

DE BUENOS AIRES

SOLICITO:

 

1 - Al Director General de Espacios Verdes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, informe si previo al desarrollo de las obras que el Gobierno de la Ciudad se halla realizando en el Parque 3 de Febrero de esta Ciudad se ha procedido al real cumplimiento de lo explicitado en el punto 5.4.12.2.2 del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Buenos Aires vigente. De resultar ello afirmativo, remitir a esta Defensoría, fotocopia de los respectivos trámites/ expedientes que avalen los trabajos en ejecución.

2 – Poner en conocimiento de la siguiente Solicitud al Sr. Subsecretario de Mantenimiento Urbano del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

3 - Poner en conocimiento de la siguiente Solicitud a la Sra. Ministra de Espacio Público del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

A los efectos de lograr una eficiente prosecución de la actuación de referencia agradeceré contar con la información solicitada, en un plazo no mayor de (15) quince día