Buenos
Aires, 7 de julio de 2006 VISTO:
La actuación Nº 631/04, iniciada de oficio en virtud de
analizar el cumplimiento de las normas de seguridad y prevención contra
incendio en locales bailables. CONSIDERANDO
QUE:
El día 6 de julio de 2006 se realizó en el local de baile denominado
“Retro” ubicado en Av. Rivadavia 7806 de esta ciudad de Buenos Aires un
recital de música por parte del grupo Jóvenes Pordioseros. . La Resolución Nº 1.010-SSEGU/05 establece la reglamentación y trámite para el otorgamiento de los permisos especiales para la realización de “Espectáculos Públicos”.
Lo previsto en la norma citada establece una serie de exigencias a
cumplir por parte del titular del establecimiento como así también por parte
del productor del evento, entendiéndose como tal, a la persona física o jurídica
encargada de la organización, promoción, desarrollo y venta del espectáculo.
Esta Defensoría del Pueblo viene realizando un seguimiento de las
distintas problemáticas relacionadas con los locales de baile a fin de
garantizar el cumplimiento de la normativa vigente con el objeto de evitar
situaciones que puedan devenir en peligro concreto o de lesiones efectivas a
la salud y la integridad física de los vecinos de nuestra ciudad. POR
TODO ELLO: EN
MI CARÁCTER DE DEFENSOR ADJUNTO DEL
PUEBLO DE LA CIUDAD DE
BUENOS AIRES SOLICITO Al
Señor Subsecretario de Control Comunal, Sr. Federico Peña, informe a esta
Defensoria del Pueblo: 1.
Si las partes intervinientes en la realización del espectáculo
llevado a cabo en el lugar denominado “Retro” han dado cumplimiento a la
Resolución Nº 1.010-SSEGU/05 2.
Que de conformidad con lo expuesto en el punto “1” se remita la documentación correspondiente que acredite el
cumplimiento de la citada Resolución. 3.
De no haber cumplimentado el responsable del espectáculo lo establecido en la
normativa vigente, informar las acciones implementadas al respecto. A los efectos de lograr una eficiente prosecución de la actuación agradeceré contar a la brevedad con la información requerida.
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