Camiones
Peligrosos
La reiteración
de accidentes en la rampa de acceso a la autopista 25 de mayo, sobre la
avenida 9 de julio, que ha motivado la caída de distintos objetos sobre la
mencionada avenida, no es resultado de la fatalidad o de la inadecuada
construcción de la rampa de acceso. El no cumplimiento de la ley y la inacción
de las autoridades de aplicación constituyen el embrión de los hechos
mencionados. El
transporte de cargas requiere de procedimientos, técnicas, pero esencialmente
de responsabilidad para ser efectivizado correctamente, o sea, con el debido
resguardo del material transportado y la consabida seguridad hacia los
terceros. En
base a distintos trabajos realizados en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad
de Buenos Aires, se ha podido detectar que camiones con carga circulan por
diversas avenidas de la ciudad con: carga sin sujetar, elementos prominentes
fuera de las líneas de carga, altura de carga que excede la reglamentaria,
estado deficiente de sus carrocerías y partes mecánicas. A
todo lo descripto, como si fuera poco, se agrega un factor de alta incidencia
en la siniestralidad vial, la velocidad. Es usual que camiones con las
condiciones descriptas superen los 60 km por hora en las avenidas,
especialmente Huergo, y 80 Km por hora en las autopistas. Tal
situación conduce a hechos que a menudo observamos y agradecemos no produzcan
muertes o lesiones a terceros, como ser: la caída de objetos desde los
transportes, vehículos que no pueden frenar, cargas que impactan contra
puentes, camiones que caen desde las autopistas y podríamos seguir con una
larga lista de sucesos. Hoy constituyen situaciones de asombro, pero deberían
ser como corresponde, señales de alarma social graves en la materia, pues
transportistas y cargadores son solidariamente responsables del cumplimiento
de las normas, tal se establece en la ley 24449.
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