VERTIDOS
LÍQUIDOS CLOACALES EN VILLA 15 A través de
la actuación 5360/03 los vecinos del barrio de Villa Lugano ponen de manifiesto
su queja frente al constante vertido de líquidos cloacales en arterias
lindantes con al villa 15. A raíz de la misma el Defensor Adjunto Atilio
Alimena llevó a acabo distintas verificaciones con motivo de la denuncia y
constató y reunió documentación probatoria. Se constató que los vertidos
provenían del interior de la villa 15, y se comprobó la inadecuada instalación
general de las redes cloacales y pluviales como así también el inapropiado
estado de conservación. De acuerdo con la descripción
de las obras efectuadas, en ejecución y previstas suministrada por la Comisión
Municipal de la Vivienda, (CMV) se verificó que las obras realizadas no
concuerdan con el detalle descrito, encontrando además que las existentes no
cumplen con lo previsto en las normas para instalaciones sanitarias. Las instalaciones cloacales
sirven además de improvisados desagües pluviales ante la inexistencia de
ellos, generándose así acumulación
de agua y basura. En distintos sectores de la
villa 15 existen desagües cloacales a cielo abierto en áreas donde, según
informes remitidos al mes de octubre de 2003, los trabajos de
infraestructura cloacal han sido terminados o se encuentran en ejecución. La situación precaria y
sumamente peligrosa para la salud de las personas se repite en distintas
manzanas, agregándose además una concentración de residuos sólidos que son
arrastrados por el vertido de líquidos cloacales a la vía pública, quedando
distribuidos por varias cuadras del barrio de Lugano lindante con la villa 15. Además, del informe remitido
por la CMV, se desprende que más del 30% de la población de “ ámbitos
barriales carenciados” no cuenta
con conexión plena a la red cloacal y mantiene el sistema de pozo ciego.
Resulta más que contradictorio que se continúe con el sistema de
extracción de líquidos cloacales, con nuevos llamados a licitación y no se
avance en un plan concreto que de solución al sistema de desagüe, que además
de dar una respuesta social evite la constante erogación de fondos hacia
empresas dedicadas a la extracción de líquidos cloacales, de pozos ya
saturados. De no corregirse esta situación surge claramente una
violación al derecho de salud conforme lo establece la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires, la Constitución Nacional y las distintas Convenciones
Internacionales de Derechos Humanos que han adquirido jerarquía constitucional,
especialmente en lo referente a los niños. La
violación al derecho y la afectación a la salud, hábitat y desarrollo de la
persona, agravado por la afectación a niñas/os, con deshechos orgánicos, se
repiten en distintos barrios carenciados de la ciudad, situación que implica
una clara responsabilidad para los funcionarios del estado.
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