Instalación de un lavadero y tintorería industrial

Actuación 2737/04

La Comisión de vecinos denominada “ Lugano en Marcha” inició, ante la Defensoría,  la actuación 2737/04 donde se señala que se está instalando una industria o taller cuyas características responden a un lavadero o tintorería industrial sita en Martiniano Leguizamón 3311.

La Unidad Polivalente de Inspecciones realizó una inspección en al que se constata que en dicho lugar funciona una lavandería industrial de Clase “A” verificándose que no posee libro de actas foliadas rubricadas por responsable técnico; no posee separación de sectores de ropa limpia y ropa sucia como así tampoco cielorraso en sector de ropa sucia; no exhibe habilitación de generador de vapor; falta de tapas en cámaras decantadoras de líquidos cloacales; no exhibe Certificado de Aptitud Ambiental conforme a la ley 123, entre otras cosas.

Además de las irregularidades detectadas en la mencionada inspección los vecinos manifiestan, por nota presentada ante esta defensoría, la puesta en funcionamiento de la caldera comprobándose que en las casas lindantes se detecta un elevado nivel de ruido y principalmente de vibración en cocinas y baños en grado importante poniendo en riesgo las construcciones lindantes a dicho lavadero. Cabe señalar que a la fecha las instalaciones de calderas del establecimiento no cuentan con la correspondiente habilitación.

Siendo una zona densamente poblada y ante los graves hechos denunciados y constatados según surge del informe de la Unidad Polivalente de Inspección se encuadran en un clara violación a las normas que rigen para el establecimiento y funcionamiento de la actividad descripta.

De continuarse esta situación existe un claro avasallamiento al derecho a la salud, a la seguridad, a la contaminación ambiental, derechos establecidos en las normas y  consagrados en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por todo ello, el Defensor Adjunto del Pueblo solicita a la Señora Subsecretaria de Control Comunal del Gobierno de la Ciudad, Lic. Fabiana Fiszbin, que ante las irregularidades descriptas y en aplicación de la normativa vigente, de corresponder, proceda a la clausura del establecimiento.

 

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