Iniciativa Parlamentaria: Prohibición del  uso  de Asbesto en la Ciudad,  por efectos cancerígenos

Proyecto de Ley Nº 937

 

Por iniciativa del Defensor Adjunto Atilio Alimena, la Defensora de la Ciudad de Buenos Aires, Alicia Pierini, presentó un proyecto de Ley,  en la Legislatura, que establece la prohibición de la producción, importación, comercialización y uso de fibras de Asbesto, en sus variantes Anfíboles o Crisotilo, por sus efectos carcinogénicos que provocan en las personas expuestas.  

Dicha propuesta se fundamentó  teniendo en cuenta antecedentes nacionales e internacionales que indican al asbesto como un compuesto de silicato de cal, aluminio y hierro, en formas de fibras finas,  duras y blandas, que se introducen en los pulmones y allí provocan lesiones irreversibles. Es suficiente inhalar asbesto entre dos y tres meses para contraer  mesotelioma pleural maligno, cuyos pacientes viven de seis a nueve meses desde el momento del diagnóstico

Este compuesto está presente en numerosos elementos y productos manufacturados: materiales de construcción, como tejas, baldosas, azulejos, chapas para cubiertas, cañerías y tanques de reserva para agua potable ; autopartes de automóviles, como embragues, frenos; materiales textiles termorresistentes,  envases y empaques.

En otros países, como la República Federativa del Brasil , que es el quinto productor mundial de Asbesto y principal exportador hacia nuestro país, la extracción, el uso y comercialización de este compuesto ha sido prohibido desde 1995.

La Unión Europea determinó, a través de su Directiva 76/769/EEC de  1999, la prohibición del Asbesto Crisotilo a partir de enero de 2005, prohibición ya concretada hace años en la mayoría de los países que la componen. En el orden Nacional, mediante resoluciones del Ministerio de Salud de la Nación del año 2000 y 2001 se establece la limitación del uso y comercialización del Asbesto, limitación que no se ha visto concretada por la falta de control en el cumplimiento de dichas resoluciones.

 

Proyecto de Ley Completo 

 

 

Sancionado por Ley Nº 1820, el 27 de octubre de 2005