Prohibición
de uso de vidrios tonalizados (Act.
4347/05) Resolución 3124/05 Se
inicia de oficio la actuación nº 4347/05, tramitada en la Adjuntía a cargo
del arquitecto Atilio D. Alimena, a los efectos de requerir el cumplimiento de
la Ordenanza nº 45.781, referida a la prohibición del uso de vidrios
tonalizados que no cumplan con las condiciones de transmisión luminosa
establecido en las normas vigentes. Por ello la Defensoría del Pueblo resuelve recomendar al señor Secretario de Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, licenciado Diego Pablo Gorgal, implemente las acciones que correspondan con el fin que se efectúen los controles necesarios para el cumplimiento de dicha Ordenanza y los alcances de la Ley Nacional de Tránsito nº 24.449 en lo concerniente a la normativa antedicha.
En respuesta a la Resolución, la Dirección General de Seguridad Vial señala que si bien en la actualidad los controles sobre vehículos en circulación que poseen sus vidrios polarizados no forman parte de los programados, se tiene previsto en el futuro abordar dicha problemática.Además no cuentan con los elementos necesarios, como ser la maquinaria apropiada de medición de tonalidades.
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