Seguridad en supermercados, hipermercados y shopping

Actuación Nº 5064/04  

Mediante la actuación Nº 5064/04 se expresa la necesidad de conocer la actual situación de los grandes centros comerciales – supermercados, hipermercados y shopping – en lo referente a las instalaciones de prevención contra incendio.

La concentración de personas que se produce en estos establecimientos, requiere consideraciones especiales en cuanto a las medidas de seguridad y prevención especialmente en lo referente a la protección contra incendio y medios de egreso.

Por ello el Defensor  Adjunto solicita: - al Señor Director General de Fiscalización de Obras y Catastro se articulen los mecanismos necesarios para que la Superintendencia de Bomberos de la Policía Federal cuente con la información de la documentación de las instalaciones contra incendio que se registren a través de esa Dirección, tal lo prevé el artículo 4.12.1.5.- y 4.12.1.6.- del Código de Edificación; - se establezca la coordinación necesaria para que Superintendencia de Bomberos de Policía Federal cuente con la actualización permanente de la documentación que oportunamente se haya enviado.  

 

Solicitud Completa

 

De la información suministrada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Superintendencia Federal de Bomberos durante el año 2004 se ha podido determinar que no toda la documentación técnica actualizada, referida a instalaciones de protección contra incendio, obra en poder de Bomberos tal lo establece el Capítulo 4.12. del Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires.

Como resultado de los relevamientos efectuados por la Defensoría del Pueblo de la CABA y el antecedente de siniestros de gran magnitud ocurrido durante en el transcurso del año 2004, el GCBA procedió a intimar e inclusive a clausurar, total o parcialmente, distintos centros comerciales con distintas complejidades de uso.

Por ello, con fecha 3 de noviembre de 2005, el Defensor Adjunto solicita al señor Jefe de la División Prevención de la Superintendencia Federal de Bomberos, al señor Director General de Fiscalización de Obras y Catastro y al señor Subsecretario de Control Comunal ,  envíe a esta Defensoría el listado completo de: Hipermercados, Shopping y Complejos Cinematográficos que cuenten con planos de instalación de protección contra incendio aprobada, remitidos por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires según lo establece el Capítulo 4.12 del Código de Edificación y obren como antecedentes en dicha División. 

 

Solicitud Completa

   

  Como resultado de la solicitud enviada, la División Prevención de la Superintendencia Federal de Bomberos respondió  sobre la nómina de hipermercados, shopping y complejos cinematográficos que cuentan con planos de instalación contra incendios aprobados y remitidos por el Gobierno de la Ciudad, que obran como antecedentes en dicha División.

 

           Con fecha 16 de diciembre de 2005, vista  la actuación Nº 5064/04, iniciada de oficio y tramitada en la Adjuntía a cargo del arquitecto Atilio Alimena, con el fin de solicitar el efectivo cumplimiento de las normativas vigentes en la Ciudad, en lo atinente a seguridad y prevención contra incendio en grandes centros comerciales, shoppings, hipermercados y complejos cinematográficos, se firmó la Resolución Nº 4053/05.

La Defensoría del Pueblo  de la Ciudad de Buenos Aires  resuelve  recomendar al señor Secretario de Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Licenciado Diego Pablo Gorgal, que: - arbitre las acciones necesarias para corroborar y exigir la aprobación final de las instalaciones en los grandes centros comerciales, Shoppings, hipermercados y complejos cinematográficos; - se articulen los mecanismos necesarios para dar estricto cumplimiento de los arts. 4.12.1.5 y 4.12.1.6 del Código de la Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Capítulo 4.12 de la Prevención Contra Incendio; - se establezca la articulación prevista con la Superintendencia Federal de Bomberos, con el fin de mantener actualizada la información correspondiente a la prevención de incendio en la Ciudad, como así también lo relativo a riesgos potenciales de afectación masiva de la población.

 

Resolución Completa

 

Habiendo transcurrido dos años de la recomendación emitida a través de la Resolución  Nº 4053/05, que recomendaba el cumplimiento de la normativa vigente del Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y luego de reiterados pedidos en igual sentido al Gobierno de la Ciudad,  aún no se ha cumplido con la remisión total de la documentación técnica a la Superintendencia Federal de Bomberos.

A partir de la información detallada de locales remitida por el Gobierno de la Ciudad y lo relevado por personal de la Defensoría del Pueblo se confeccionó un listado de 212 locales en funcionamiento ( supermercados, hipermercados, shoppings, centros de compras, complejos cinematográficos).En base a estos datos,  la Superintendencia Federal de Bomberos notificó que únicamente cuenta con antecedentes documentales del 53% de locales (112 ), por lo que del 47 % restante (100 )  no posee documentación, o bien no se ha registrado.  

Por este motivo, mediante  la Resolución Nº 3331  se recomienda al Ministerio de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que exija y compruebe la aprobación final de las “instalaciones contra incendio” de los grandes centros comerciales y paseos de compras, hipermercados, complejos cinematográficos, salas de teatro, como así también los restantes “locales de masiva concurrencia” existentes en esta Ciudad; y que se dé estricto cumplimiento de los arts. 4.12.1.5 y 4.12.1.6 del Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre Prevención Contra Incendio.

 

 

Resolución Completa

 

 

 

Con el objeto de continuar con el monitoreo respecto del envío de la documentación actualizada de las instalaciones contra incendio y medios de escape en comercios de masiva concurrencia, por parte de las autoridades del Gobierno de la Ciudad de Bs. As. a la Superintendencia Federal de Bomberos, se inicia de oficio la Actuación Nº 4233/08, tramitada por la adjuntía a cargo del Arq. Atilio Alimena.

 

Habiendo transcurrido un año de la recomendación emitida a través de la Resolución Nº 3331/07 aún se mantiene un alto porcentaje de la documentación pertinente sin remitir. Dicho incumplimiento no sólo plantea un riesgo para la seguridad de las personas, ante la ocurrencia de un siniestro sino que vulnera con total claridad las garantías previstas en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por todo ello se emitió la Resolución Nº 4175/08.

  Resolución Completa